martes, 16 de junio de 2009

CÓMO PROTEGEMOS A NUESTROS NIÑOS DESDE LO LEGAL


Córdoba es la única provincia que ya cuenta con la figura creada por la ONU para defender a los niños víctimas del maltrato y la violencia familiar, puesto que por cada mujer que sufre violencia familiar hay un niño víctima de maltrato
El ex ministro de Justicia en la gestión de José Manuel De la Sota hoy es el primer Defensor del Niño en todo el país. ¿Su función? Controlar los 3 poderes del Estado y la acción de las ONG vinculadas con la infancia
El año pasado la De­fen­so­ría del Pue­blo de Río Cuar­to pre­sentó en so­cie­dad al fla­man­te De­fen­sor del Ni­ño de la Pro­vin­cia, Héc­tor Da­vid que es el funcionario que tomó co­no­ci­mien­to de los ca­sos más de­li­ca­dos en los que se ha­ya vul­ne­ra­do al­gu­no de los de­re­chos de la ni­ñez. En diá­lo­go con el diario local, el ex mi­nis­tro de Jus­ti­cia de Jo­sé Ma­nuel De la So­ta ex­pli­có los al­can­ces de su la­bor y re­mar­có su preo­cu­pa­ción por los ca­sos de vio­len­cia fa­mi­liar, en la entrevista resaltó que “En el 95 por cien­to de los ca­sos de mu­je­res que son víc­ti­mas de vio­len­cia fa­mi­liar, hay un ni­ño que tam­bién es víc­ti­ma”, di­jo.

Consultado acerca de Có­mo se crea la fi­gu­ra del De­fen­sor del Ni­ño explicò que sur­ge en el mar­co de la Con­ven­ción de los De­re­chos del Ni­ño, de Na­cio­nes Uni­das, cu­yos pos­tu­la­dos fue­ron ra­ti­fi­ca­dos por el Con­gre­so de la Na­ción. La Ley 26.061 es­ta­ble­ce un sis­te­ma in­te­gral de pro­tec­ción de los De­re­chos del Ni­ño den­tro de la cual se crea la fi­gu­ra del om­buds­man de los ni­ños y se fa­cul­ta a las pro­vin­cias pa­ra que creen su pro­pia de­fen­so­ría.

Consultado acerca de los al­can­ces de su fun­ción indicó que lo pri­me­ro que hay que acla­rar es que es­ta ins­ti­tu­ción es in­de­pen­dien­te de los tres po­de­res del Es­ta­do, el Eje­cu­ti­vo, el Le­gis­la­ti­vo y el Ju­di­cial. Fun­cio­na co­mo un ór­ga­no ex­ter­no que no re­ci­be ór­de­nes de nin­gu­no de es­tos po­de­res. In­clu­si­ve, dis­po­ne­mos de un pre­su­pues­to pro­pio que no pue­de ser dis­mi­nui­do por ley. Y una de las atri­bu­cio­nes que ten­go es la le­gi­ti­ma­ción pro­ce­sal, es de­cir, que pue­do pre­sen­tar ca­sos en la Jus­ti­cia. Co­mo por ejem­plo, un re­cur­so de am­pa­ro en al­gún he­cho em­ble­má­ti­co o en al­gu­na si­tua­ción de con­mo­ción en la que no se cum­plan las fun­cio­nes de go­bier­no. Pue­do ir a la Jus­ti­cia y pe­dir que se re­pon­gan los de­re­chos que han si­do vul­ne­ra­dos. Ade­más, el de­fen­sor tie­ne a su car­go el con­trol de las po­lí­ti­cas pú­bli­cas. La fi­gu­ra del De­fen­sor del Ni­ño tie­ne a su car­go tan­to la fun­ción de con­trol de las ac­cio­nes del Eje­cu­ti­vo y de las ONG que tra­ba­jan con los ni­ños, co­mo así tam­bién la fun­ción de pro­mo­ción de los de­re­chos, por­que mal se pue­den ha­cer va­ler los de­re­chos que no se co­no­cen.

Creemos que esto es un avance en el tratamiento desde el punto de vista legal de esta problemática que venimos investigando, ojalá se concreten cada día más acciones como estas desde el gobierno.


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